Fuente: CPLATAM
El pasado 7 de julio (2017), el gobierno
marroquí promulgó una ley para delimitar su espacio marítimo conforme
al derecho internacional. Podemos, partido de izquierda español, en un
reciente comunicado condenó la decisión soberana de un país africano
vecino y amigo de España por considerar la apropiación por parte del
Reino de Marruecos “de los espacios marítimos del Sáhara Occidental”
afirmando que es una “clara violación del derecho internacional de un
territorio no autónomo pendiente de descolonización por parte de
Naciones Unidas”.
El ilustre tratadista del derecho internacional, Charles Rousseau [1],
advertía, hace más de cuatro décadas, la importancia de no confundir
espacio con territorio, ya que el mar y el cielo no son territorios sino
espacios. Pese a ello, la delimitación del espacio aéreo y marítimo son
relacionados directamente con las del territorio.
Entre el 15 de noviembre de 1884 y el 26
de febrero de 1885 se celebró la Conferencia de Berlín, convocada por
Francia, Reino Unido y Alemania con el fin de llegar a un acuerdo sobre
el reparto colonial europeo de África y el mutuo reconocimiento del
mismo. Durante la Conferencia, Francia rechazó reconocerle a España sus
pretensiones en África por considerar que su reducida y limitada
presencia en pequeños enclaves en la costa saharaui no era suficiente
para justificar su titularidad sobre el inmenso territorio. España entró
en negociaciones largas, difíciles y secretas con Francia para la
repartición de Marruecos y la delimitación -a espaldas de los
marroquíes- de las fronteras. Mediante esos acuerdos se procedió a
desintegrar y a convertir a Marruecos en país y en un pueblo
invertebrado. Un cruel reparto que fue repetido por Francia y Gran
Bretaña en Oriente Medio -a espaldas de los árabes- conocido como los
Acuerdos Sykes-Picot (1916).
En el caso de Marruecos hubo diferentes
acuerdos secretos pero fue el hispano-francés de 1904, el que fijó las
fronteras. España se quedó con el norte y con el sur de Marruecos,
Francia con la parte central. En 1912, una vez impuesto el régimen del
protectorado -que redujo la soberanía del Reino- se publicó el acuerdo y
se procedió al reparto. Marruecos fue dividido y troceado por España y
Francia. España asumió el control de Tarfaya, Ifni y el Sahara.
Podemos se presenta como un gran
defensor del derecho de los pueblos y contrario al colonialismo pero, en
el caso de Marruecos, pretende imponer a los 34 millones de marroquíes
unas fronteras fijadas en acuerdos secretos a principios del siglo
pasado entre las dos potencias coloniales -Francia y España-.
Es pertinente recordar que a raíz de la
doctrina de Monroe -que proclamaba a mediados del siglo XIX el lema
“América para los americanos” para expulsar a los europeos del
continente americano en favor del imperialismo estadounidense- los
estados europeos se dirigieron a África para sustituir los territorios
perdidos en América. Marruecos era -a principios del siglo XX- el único
país independiente y soberano de África junto con Abisinia (Etiopía). No
obstante, atravesaba graves crisis y sufría las consecuencias de dos
derrotas frente a las fuerzas coloniales: la primera, en la guerra
contra la conquista francesa de Argelia en la Batalla de Isly, donde las
tropas marroquíes fueron derrotadas el 14 de agosto de 1844; y, la
segunda, en la guerra hispano-marroquí, específicamente en la Batalla de
Tetuán que tuvo lugar durante el reinado de Isabel II (España) y
Mohammed IV (Marruecos) y que culminó con la toma de Tetuán por parte de
España en 1860.
¿Qué valor jurídico -en el derecho
internacional- tienen unos acuerdos secretos firmados a espaldas de
Marruecos por parte de potencias coloniales, mediante los cuales se
repartieron sus territorios y se fijaron fronteras de manera arbitraria?
Esas fronteras trazadas entre Francia y España durante el reparto
colonial hacen parte del pasado. Marruecos intenta pasar la página pero
Podemos insiste en volver al momento del reparto colonialista. No
obstante, se debe precisar que esas fronteras trazadas por Francia y
España fueron suprimidas con la extinción del régimen del protectorado.
Marruecos recuperó su territorio de manera pacífica y paulatina en
Tarfaya (1958), Ifni (1969) y el Sahara (1975).
Ese partido de izquierdas se presenta
como una fuerza progresista pero intenta retroceder a las fronteras
establecidas secretamente por las potencias coloniales. Señalan -para
justificar su contradicción- que son las fronteras heredadas del
colonialismo las que prevalecen según los principios establecidos por el
derecho internacional. Esa doctrina es aplicable a países emergentes a
los que al nacer les fue aplicado el principio de sucesión de estados
pero no es ese el caso de Marruecos que representa la monarquía más
antigua del mundo y que no fue ni conquistado, ni colonizado. En
Marruecos -pese a los acuerdos secretos que dividieron el territorio y
lo dejaron bajo control del protectorado- la monarquía continuó
representando su identidad política.
Retomando el comunicado de Podemos en el
que considera que las leyes promulgadas por Marruecos sobre sus aguas
jurisdiccionales son “contrarias a la sentencia del Tribunal de Justicia
de la Unión Europea, promulgada el 21 de diciembre de 2016”, es
necesario señalar que hacen una lectura errónea de la sentencia. De
ésta, cabe destacar dos elementos: por un lado, niega al Frente
Polisario el derecho de representar el Sahara en el litigio; y, por el
otro, reitera la validez y vigor del Acuerdo entre Marruecos y la Unión
Europea -no su nulidad como pretendía el Polisario- ya que no se
menciona específicamente al Sahara en el mismo. Por consiguiente, queda
abierta la posibilidad de llegar a un nuevo acuerdo que tome en cuenta
la letra y el espíritu de la sentencia. De hecho, se espera una pronta
solución en ese sentido.
Habría que coincidir con Podemos -con
algunos matices por supuesto- cuando afirma que “defendemos la libre
determinación del pueblo saharaui, acorde con la responsabilidad
histórica de nuestro país y mediante una solución política basada en las
resoluciones internacionales del Consejo de Seguridad de Naciones
Unidas, como única vía para acabar con un conflicto que dura ya 41
años”. Debería, en primer lugar, excluirse la expresión “pueblo
saharaui” porque expresa en su contenido una identidad jurídico-política
que la ONU evita utilizar. Nótese que Naciones Unidas emplea
terminología de mayor neutralidad al referirse al “pueblo del Sahara
occidental”, es decir, no prejuzga.
De otra parte, las resoluciones del
Consejo de Seguridad en las que se basa Podemos han exaltado en
diferentes ocasiones la propuesta marroquí sobre la autonomía
considerándola como creíble. Dichas resoluciones animan a las partes a
negociar con un espíritu de realismo. Peter Van Walsum, Enviado Personal
del Secretario General de Naciones Unidas (Kofi Annan) para el Sahara
Occidental (2005-2008) reconoció que la opción independista no es una
opción realista. En efecto, la forma más efectiva para mantener el statu
quo y no llegar a un acuerdo mutuo es permanecer anclado en la
independencia. Marruecos, con la intención de alcanzar un acuerdo
equitativo y definitivo, abandonó su posición de la integración al
territorio y aceptó la tercera vía -una solución intermedia propuesta
por el Enviado Personal del Secretario General- sin ganadores ni
perdedores o, mejor aún, donde todos ganen. Con tal propósito elaboró,
concertó y consensuó con diferentes sectores de la sociedad saharaui un
plan de autonomía que la ONU ha reconocido y elogiado pero que el
Polisario rechaza sin ofrecer propuestas alternativas y viables.
El conflicto del Sahara no ha durado 41
años, como pretende Podemos, sino 61. Desde 1956 -cuando se puso fin al
protectorado en el norte de Marruecos- salieron los saharauis en
manifestación de júbilo pensando que la independencia les afectaba
también como marroquíes y, en rechazo a Franco por no incluir los
territorios del sur. Empezó una lucha armada que no cesó hasta que las
fuerzas francesas y españolas llevaron a cabo una guerra sin cuartel
contra los sublevados. En esos años, la izquierda española apoyaba las
reivindicaciones marroquíes sin reservas, ni paliativos. El Partido
Comunista Español fue el primero en poner en duda que Franco fuese a
cumplir sus compromisos sobre la independencia y la recuperación de la
integridad territorial. En comunicados publicados en esas fechas, el PCE
mencionaba de manera expresa junto a Tarfaya e Ifni al Sahara
occidental.
Tomando prudente distancia en el tiempo
y, en vista del cambio de postura de la izquierda española, se infiere
que la motivación no fue impulsada por la justicia y el derecho en el
que se amparan los marroquíes sino que se debió a razones ideológicas y
coyunturales en una España gobernada por Franco -con quien había que
lidiar- y una Argelia -que con sus revolucionarios buscaba la
independencia- y que mantiene todavía hoy un expansionismo velado, no
confeso. La aparente y desinteresada solidaridad y “apoyo incondicional”
de Argelia con el Polisario ha sido la forma de disimular su interés
en una salida al Atlántico que le permitiría contar con doble salida
marítima -Mediterránea y Atlántica- para reducir de ese modo el trayecto
en sus exportaciones.
España y Marruecos son vecinos y amigos,
están llamados a cooperar y a enfrentar múltiples desafíos. Es
indispensable el fortalecimiento mutuo y una mayor solidaridad para
defenderse de amenazas y riesgos. Por tanto, cabe preguntar: ¿Podemos
-en su comunicado de condena a un país vecino y amigo de España- se
ampara en un discutible planteamiento jurídico o su pronunciamiento está
dictado por razones doctrinales y coyunturales? La inquietud surge por
la histórica ambivalencia y contradicción de la izquierda española
frente a la cuestión marroquí que desde tiempos de la república mantenía
un demagógico discurso “progresista y anti colonial” mientras reprimía
al pueblo marroquí. Eventos y situaciones ampliamente documentados por
diferentes autores españoles (Juan Goytisolo, Fernando López Agudín,
Serafín Fanjul, Bernabé López, entre otros).
*Jamal Mechbal es jurista, ex diplomático y columnista en medios de España y Marruecos.
Artículo para CPLATAM -Análisis Político en América Latina-
Julio, 2017
[1] Rousseau, Charles E., Droit international public. Editorial: Recueil Sirey. Paris: 1953. Tomo II, pp.41
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